Cuestión de prioridades

El 22 de junio de 2016 se debatió en la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo el «Proyecto de Informe de Misión y recomendaciones a raíz de la visita de inspección realizada en España, del 8 al 10 de febrero de 2016». Este informe se realiza tras la visita de un grupo de europarlamentarios, dentro de las actividades de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, para conocer sobre el terreno la situación del río Tajo, a raíz de la petición nº 0834/2012 ─presentada conjuntamente por Miguel Ángel Sánchez Pérez en nombre de la Plataforma en Defensa de los ríos Tajo y Alberche e Izquierda Unida de Castilla-La Mancha─, sobre la gestión perjudicial para el medio ambiente de la cuenca del río Tajo. Para facilitar el acceso y lectura, se reproducen al final de la entrada las recomendaciones de este proyecto de informe.

La eurodiputada del Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos), Rosa Estarás Ferragut, muestra en su intervención el apoyo de su grupo parlamentario al proyecto de informe con unas reservas, que serán presentadas como enmiendas (seis, al parecer). Una corresponde a la primera recomendación, pues entiende que la asignación de recursos pertenece al ámbito competencial propio de cada país y no al de la Unión Europea. Prosigue argumentando que la legislación de aguas española antepone la consecución de los objetivos medioambientales a la atención de los usos. Sería conveniente que presentara este argumento a la Ministra del ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) y a la Directora General del Agua, pues tanto en sus acciones como en sus discursos anteponen el regadío a la protección del medio. Esta discordancia entre legislación y praxis es, posiblemente, lo que haya llamado la atención de los redactores del informe, habiendo empezado por una recomendación obvia que debería estar asumida, pero la práctica muestra que no lo está.

Lamenta también la europarlamentaria que no se haya visitado a los regantes. Quizás asuma que, puesto que son los que en la práctica condicionan la gestión del agua, las autoridades europeas han de rendirles pleitesía, al igual que se hace desde el MAGRAMA.

Finaliza su intervención criticando la última recomendación en la que se sugiere mejorar la gobernanza del agua en la cuenca del Segura. Teóricamente, en un informe sobre el Tajo, cuando la gestión se realiza por cuencas, no se debe ligar o condicionar su estado a la situación del Segura. Pero, por otra parte, el plan del Tajo salió precedido de un infame Memorándum, lo que muestra que la gestión del Segura influye negativamente en el estado del Tajo. En ese sentido, los redactores del informe recogen unas recomendaciones sobre la gestión del Segura, como «ajustar las superficies de regadío a los recursos disponibles», que si bien exceden el ámbito competencial de la Comisión y el territorial de la petición, tiene influencia en la consecución de los objetivos ambientales del Tajo. Debe entenderse que se trata de una recomendación, no de una imposición. Además, es una obviedad, que al ignorarse está causando el desastre continuado década tras década.

También es significativa la reacción de FENACORE a este proyecto de informe, reflejada en la noticia «Los regantes, “totalmente en contra” de las críticas de Europa a la planificación hidrológica de España». Se muestra discrepancia con el informe, pero tranquilidad con la planificación hidrológica española, que ha tratado a la protección medioambiental como un florero decorativo, mientras se ha centrado en una gestión del agua orientada hacia el regadío.

Como resumen, detrás del proyecto del informe y de sus reacciones se encuentra la disyuntiva entre la protección del medio y la magnificación del regadío. Es cuestión de prioridades.


 

Apéndice

Recomendaciones recogidas en el «Proyecto de Informe de Misión y recomendaciones a raíz de la visita de inspección realizada en España, del 8 al 10 de febrero de 2016»

  1. Considera que debe cambiarse completamente el modelo de gestión de los recursos hídricos en España, condicionando la posible distribución de uso al cumplimiento de los requisitos medioambientales de la Directiva marco sobre el agua y de los planes hidrológicos de cuenca, y dar prioridad a los requisitos medioambientales frente a los socioeconómicos.
  2. Solicita que la Comisión informe acerca de los últimos avances en relación con las peticiones n.os 0938/2012 y 834/2012 y todas las denuncias abiertas que conciernan a la Directiva marco sobre el agua en los ríos Tajo y Ebro.
  3. Solicita que la Comisión supervise de cerca la forma en que se aplica la legislación europea relativa a los planes hidrológicos de cuenca en España y, en especial, en los planes hidrológicos de cuenca del segundo ciclo del Ebro y el Tajo presentados por el Gobierno español en enero de 2016; solicita que la Comisión supervise de cerca la situación en el Delta del Ebro y en el curso medio del Tajo en el próximo informe sobre la aplicación de la Directiva marco sobre el agua y los planes hidrológicos de cuenca que publicará la Comisión Europea en 2017.
  4. Sugiere que las autoridades nacionales españolas continúen trabajando junto con las autoridades regionales, las ONG y la sociedad civil y entablen con ellas un diálogo constructivo para la preparación de los planes hidrológicos de cuenca del tercer ciclo, teniendo verdaderamente en cuenta las alegaciones que puedan surgir en el proceso.
  5. Subraya la importancia de que haya coherencia entre cada una de las evaluaciones de impacto medioambiental de las diferentes partes del río y la evaluación ambiental estratégica de los planes hidrológicos de cuenca para cada río.
  6. Recomienda que se realice un estudio actualizado, independiente y exhaustivo de las necesidades de las zonas protegidas en cuanto a la calidad del agua y los caudales ecológicos, de conformidad con los objetivos medioambientales establecidos en la Directiva marco sobre el agua y los requisitos de las Directivas sobre hábitats y aves silvestres. El estudio proporcionará datos para la revisión del próximo ciclo de los planes hidrológicos de cuenca y ayudará establecer los caudales ecológicos necesarios en el Delta del Ebro y en el curso medio del Tajo. Deberá subvencionarse con fondos europeos y contará con la participación de todas las partes interesadas pertinentes, incluidos los representantes de las autoridades regionales, los peticionarios y las asociaciones de la sociedad civil.
  7. Sugiere que las autoridades españolas contemplen otras posibilidades, en consonancia con las recomendaciones de la Comisión Europea, dentro de los programas de medidas de los planes hidrológicos de cuenca y sus inversiones asociadas para lograr los objetivos medioambientales y satisfacer las demandas de agua esenciales existentes, como el agua potable, que permitan un régimen de caudales de inundación apropiado.
  8. Sugiere que, para lograr los objetivos medioambientales establecidos en el plan hidrológico de la cuenca del Tajo, las autoridades españolas revisen los caudales ecológicos propuestos para el río en el plan hidrológico de la cuenca del Tajo del segundo ciclo; sugiere que, de acuerdo con las disposiciones legales establecidas por la Ley de Aguas española, las orientaciones de la Comisión Europea sobre los caudales ecológicos y la Directiva marco sobre el agua, el caudal ecológico debe ser suficiente para lograr el objetivo de garantizar el buen estado del río y permitir un grado de dilución suficiente de las aguas residuales depuradas; el caudal ecológico también debería ser suficiente para lograr una conservación favorable del estado de los hábitats naturales y especies de los lugares de la Red Natura 2000 que dependen del estado del agua.
  9. Insta a las autoridades españolas a que integren los recursos hídricos disponibles en el marco del plan hidrológico de cuenca actual, incluidos los recursos no convencionales, en especial el agua de las desalinizadoras financiadas con fondos europeos, para mejorar la seguridad del suministro de agua a nivel de la cuenca; considera que el agua dulce adicional que aportan estas desalinizadoras debe destinarse a las cuencas orientales (como la del río Segura) y no vincularse de forma alguna al Tajo.
  10. Sugiere que las autoridades españolas evalúen la adecuación de los instrumentos de recuperación de costes actuales y su coherencia para lograr los objetivos establecidos en la Directiva marco sobre el agua y en los planes hidrológicos de cuenca; contar con un sistema adecuado para determinar el precio del agua facilitará más adelante la protección eficaz del medio ambiente.
  11. Sugiere mejorar la gobernanza del agua en la cuenca del Segura, en consonancia con las disposiciones del plan hidrológico de la cuenca del Segura para el segundo ciclo: mejorar los conocimientos y la gestión del uso actual del agua subterránea y superficial, ajustar las superficies de regadío a los recursos disponibles, cumplir las obligaciones ecológicas y elaborar inventarios públicos de las tierras de regadío, las fuentes de agua y los derechos de agua.

 

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Un comentario sobre “Cuestión de prioridades”

  1. Entrada editada el 21/7/2016 para corregir que la presentación de la petición 0834/2012 fue realizada conjuntamente por la Plataforma en Defensa de los ríos Tajo y Alberche e Izquierda Unida de Castilla-La Mancha.

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