Canal de Isabel II: donde dije digo, digo… ¡no sé lo que digo!

Una privatización con freno y marcha atrás… pero menos.

En el Boletín Oficial del Estado del pasado 27 de marzo de 2019, aparece la publicación de la Ley 8/2018 «para la garantía del carácter público del Canal de Isabel II». Me llama la atención el asunto y procuro adentrarme en la selva jurídica por ver de qué va la cosa. Tropiezo con la primera dificultad: lo único que hace el Boletín Oficial del Estado es reproducir una ley de la Comunidad de Madrid publicada en el Boletín oficial autonómico el 26 de diciembre de 2018. Esta Ley modifica otra (la Ley 3/2008) que, a su vez, modificaba otras varias. Me comienza a dar vueltas la cabeza con el juego de los espejos paralelos. ¡Qué mala técnica legislativa es la de convertir las leyes en galimatías, para embarazar las meninges de los poco iniciados!

​Con objeto de no perderme en lo fundamental, yéndome por las ramas, decido ir a ver a Santiago Ramos, que conoce el tema y sus intríngulis. Santiago es un antiguo colaborador de Acuademia, retirado desde hace ya bastantes meses en una residencia de mayores. Le anuncio la intención de mi visita, la de conocer su opinión, y le envío el enlace electrónico con la Ley de marras. El día acordado me desplazo a su residencia y le espero en un salón con vistas a la Cuerda Larga de la Sierra del Guadarrama. En el gran salón se encuentra solamente otro residente en una silla de ruedas, dormido con la cabeza caída sobre el pecho. Después de los saludos de rigor (le encuentro algo más delgado y envejecido), comenzamos una larga conversación. Cuando llego a casa me dedico a poner por escrito lo sustancial de nuestro diálogo, tomando las necesarias licencias literarias por mor de la claridad expositiva.

 ─ Me ha parecido ─le digo a modo de introito─ que el Canal de Isabel II canta la palinodia en cuanto a su pregonada privatización. Traigo aquí apuntado un fragmento del Preámbulo de la Ley 8/2018 que paso a leerte: «Transcurridos ya más de ocho años desde que se introdujese por la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, la posibilidad de entrada de capital privado en el Canal de Isabel II, los motivos aducidos en su Preámbulo para justificarlo se han revelado profundamente innecesarios» (le leo con énfasis el subrayado, que es mío).

─ Pues habrá que ir del preámbulo de la ley de 2018 al preámbulo de la ley de 2008 para ver que «profundamente necesario» eran los motivos para la introducción de capital privado en el Canal de Isabel II, ¿no? O sea, de preámbulo de la ley a preámbulo de la ley y tiro porque me toca─ dice Santiago sarcásticamente.

Me hace revolver los papeles en busca del preámbulo más antiguo. Cuando lo localizo, le leo los párrafos correspondientes que ahora, a la hora de escribir la entrevista, me limito a resumir: «Los avances tecnológicos desarrollados para paliar la escasez de agua han permitido el desarrollo de un nuevo servicio, denominado reutilización, que faculta la regeneración del agua y su distribución para ciertos usos permitidos por el Estado. Este servicio de reutilización tiene igualmente carácter supramunicipal (…) Por ello, la Comunidad de Madrid declara tal servicio de su interés (cuando dice de «su» interés, quiere decir de interés para la Comunidad) (…) Todo ello va a exigir de la Comunidad de Madrid y al Canal de Isabel II un gran esfuerzo adicional de inversión (…) A tal fin (…) se autoriza al Canal de Isabel II a constituir una sociedad anónima encargada de gestionar sus servicios hidráulicos, en cuyo capital se dará, previa autorización del Consejo de Gobierno, entrada a los ciudadanos e inversores interesados hasta un máximo del 49 por 100» (lo subrayado sigue siendo mío).

 ─ O sea ─le hago a modo de resumen─ que el Canal no necesitaba capitalización para ampliar el abastecimiento, mejorar la calidad del agua servida y tratar las aguas residuales, pues lo venía haciendo perfectamente desde hacía décadas. Resulta que además de atender las necesidades de inversión en infraestructuras y mejora de los procesos tecnológicos, le sobraban ingresos para adquirir las depuradoras de aguas residuales de la Comunidad (pagadas dos veces por los ciudadanos: una primera vez a través de impuestos y la segunda a través del recibo del agua); la ampliación del Metro de Gallardón y Aguirre; los teatros del Canal y la Fundación cultural de la Plaza de Castilla; la adquisición de las redes de saneamiento del Ayuntamiento de la capital de Gallardón; y, además, la adquisición de las empresas Inassa, Emisao y otros chanchullos internacionales. Pues bien, después de estas inversiones, aun le sobraban al Canal más de 200 millones de euros al año para repartir «beneficios» entre la Comunidad de Madrid (órgano que le aprobaba las tarifas; es decir, juez y parte) y una serie de ayuntamientos amigos. Una verdadera empresa-maná.

 ─ Ante todo ─me contesta Santiago─ fíjate en la chulería contenida en el último Preámbulo, el de la Ley de 2018, después de ocho años de privatización: los motivos de la capitalización del Canal se han revelado profundamente innecesarios. ¡Será por dinero! Resultado: se equivocaron en la privatización y me temo que se están volviendo a equivocar en la des-privatización. Todo ello teniendo en cuenta que el mismo Canal proclama que el objeto de la última ley, la de 2018, es «el restablecimiento de la confianza ciudadana en la gestión de los servicios públicos». Luego, aquí ha habido un gatuperio. ¡Si don Blas de Lezo levantase la cabeza…!

La reutilización de las aguas usadas, ¿una tapadera?

 ─ O sea, ─le provoco─ que todo el lío de la privatización tenía por motivo capitalizarse para acometer la reutilización, ¿no?

 ─ No me tires de la lengua. Lo de la reutilización es un auténtico camelo. Después de llevar diez años dando la matraca y haber construido 600 kilómetros de redes de distribución, líneas de tratamiento específico en la plantas de depuración, depósitos, etc., resulta que no se llega a «vender» ni 10 hectómetros cúbicos al año; es decir, menos del 2% del agua suministrada a la Red General del Canal. ¡Tanto viaje con tan pocas alforjas! Además, si se piensa un poco en el asunto se llega a la conclusión de que se trata de un servicio que solo se utilizará en verano para regar zonas verdes, quedando ociosas las infraestructuras el resto del año. Y también, parece un disparate utilizar aguas con gérmenes patógenos (no es posible llegar a una garantía del 100% durante el 100% del tiempo) en parques o jardines con chorros de agua que generen pulverización donde acudan niños y ancianos, que son la parte de población más débil. Por último, el chasco que se ha llevado el Ayuntamiento de la capital al intentar regar árboles del Retiro y del Parque del Oeste con aguas distintas a las de la Red General, después de décadas acostumbradas a recibir aguas poco mineralizadas; los árboles han empezado a languidecer, amenazando secarse por la mayor salinidad de las nuevas aguas de riego, por lo que se ha tenido que volver al antiguo suministro.

 ─ Entonces, ¿por qué ese empeño en la reutilización para la que era necesaria tanta recapitalización? ─le inquiero a Santiago.

 ─ Pues porque había dirigentes ansiosos por invertir… ¡en lo que fuese! Donde hay grandes inversiones puede haber…grandes alegrías. No te extrañe que modificasen el apartado 1 del artículo 1 de la Ley 17/1984 del abastecimiento y saneamiento de la Comunidad de Madrid, que se podría decir que es la ley fundacional del Canal en su versión autonómica. Pues bien, el artículo 1 se modifica para, junto a los servicios fundamentales de abastecimiento y saneamiento, incluir ─ni más ni menos─ la reutilización. Se preveían grandes inversiones para regar hasta el último centro de glorieta en el lugar más apartado de la Comunidad. ¡Un auténtico dislate! Pero pasemos a otro asunto, ¿no?

Una sociedad anónima del agua con socios impuestos.

 ─ ¿Qué me dices de la dichosa sociedad anónima creada por el Canal? ─ le pregunto a Santiago─ Aquí veo que se ha copiado a la privatización de Telefónica, que era en su tiempo la joya de la corona a nivel estatal. La Comunidad de Madrid también quería tener su aderezo de brillantes con el Canal de Isabel II. Telefónica se quedó en su matriz con las infraestructuras, las concesiones del dominio público radioeléctrico y los cometidos de carácter público. Por su parte, el Ente Canal de Isabel II se reserva la titularidad de las infraestructuras y las concesiones de dominio público. Para todo lo demás crea una sociedad anónima que gestione el servicio hidráulico y, lo que resulta más curioso, para crear «otras sociedades de capital».

 ─ Tendrás que leerme como estaba redactado el artículo de la Ley de 2008 que autorizaba este tema ─me pide Santiago. Le respondo después de buscar entre mis papeles:

 ─ Mejor te leo la disposición de la Ley de 2018 que modifica la anterior: «Asimismo, la presente Ley (no olvidemos que se trata de la segunda, es decir de des-privatización) elimina el régimen jurídico singular (…) y exige la previa autorización del Consejo de Gobierno, de la que se dará cuenta a la Asamblea de Madrid, para que la sociedad prevista en esta Ley pueda crear o disolver sociedades de capital con limitación de responsabilidad o realizar actos que impliquen la adquisición o pérdida de su participación mayoritaria, directa o indirecta en el capital de dichas sociedades».

 ─ Está muy claro que está suficientemente oscuro ─me contesta Santiago─. Con este precepto se hicieron los gatuperios de las sociedades internacionales y la «participación» en paraísos o infiernos fiscales. Pero, lo que resulta más interesante: con la nueva redacción se pueden eliminar las sociedades que ya no interesen; pero, también, crear otras nuevas trapisondas, aunque tengan que pasar por la Asamblea de Madrid. Una vez más, se cambia algo para que todo siga… poco más o menos.

El personal del Canal, ¿queda en el limbo?

 ─ También ─le digo a Santiago─ quería comentar contigo el tema del personal del Canal. Como sabes, durante los últimos años se han estado contratando becarios que, además de pagarles cuatro perras, se arrojaban a la calle en cuanto cumplían los tres años de reglamento. Pienso que no se trataba de economías en una empresa que gestiona un monopolio natural, con cuantiosos beneficios. Se trataba más bien ─pienso yo─ de una cuestión de ideología: tener sumiso al personal. La dirección tenía en la empresa privatizada la potestad de cambiar a quien quisiese cuando quisiese, quedando los sindicatos de la empresa «cautivos y desarmados». La ley de 2008, la de la privatización, proclamó (artículo 16.5): «Todo el personal del Canal de Isabel II necesario para la prestación de los servicios que se encomienden a la nueva sociedad se integrará en esta, manteniendo las mismas condiciones laborales existentes en el momento de la integración». Les faltó añadir. «sin excusa ni pretexto alguno», como en los escritos de la posguerra civil.

 ─ Ya, ¿pero qué pasará con el personal contratado por «esa sociedad de la que usted me habla» (contagio rajoniano) en el ínterin y en el futuro? ¿Y qué pasará con el antiguo, zarandeado y mareado con tanto trajín de ida y vuelta?

 ─ No tengo respuesta ─ me contesta Santiago.

El difícil y arriesgado camino de la vuelta de Ulises hacia Ítaca.

Como lo encuentro algo cansado, pienso que ha llegado el momento de hacer recapitulación, enfilando el final de la entrevista. Le digo:

 ─ Pensaba yo, en resumen, que la cosa del Canal de Isabel II, quiero decir la re-publificación, se limitaría a una disposición del tipo: «Queda anulada toda la legislación de la privatización; es decir, la Ley de 2008 y disposiciones derivadas, quedando en vigor todo lo anterior». O sea: donde dije digo, digo Diego o Diogo. ¡Pero ca! Queda todo el edificio de la privatización en pie. Empresa matriz y sociedad anónima; posibilidad de crear empresas filiales (perdón, de capitalización) para poder manejar los contratos de servicios y otros negocietes, etc.; personal sujeto a la sumisión total; y no sé cuántas cosas más.

 ─ No sé por qué ─ me contesta─ estoy pensando en el Brexit. Una vez que Gran Bretaña se incorporó a la Unión Europea, ¡qué complicado le resulta salir! Todos los pasos de salida conducen a hacer el asunto cada vez más embrollado.

 ─ Pues a mí me parece que la imagen que se podría utilizar para el Canal y el lío en el que lo han metido, es la del regreso de Ulises a Ítaca- le contesto por ver si se pica, ya que traía el tema preparado.

 ─ Pues tu dirás, ¡sabihonda! ─me replica algo mohíno.

 ─ Mira, no hago caso de lo que dices, y voy a hablar de ello ─le digo cogiendo un airecillo pedante─. El viaje del Canal hacia la privatización resultó muy fácil: Ente matriz por un lado, sociedad anónima por otro y chanchullos por doquier. Lo difícil es el regreso, pues caemos en la comedia de los «intereses creados»; se han producido lazos-trampa de los que resulta difícil salir. Es como el viaje de regreso de Ulises y los suyos a Ítaca: tienen que sortear tormentas y escollos, entre ellos los de gigantes políticos polifemos, de un ojo solo, que no ven ni las pajas en el ojo propio; brujas circes de la economía que transforman a los hombres en cerdos; cantos de sirenas de empresarios con maletín, …

 ─ ¡Para! ¡Para, que me mareas!

Finalizo mi discurso:

 ─ Algo hay en el Canal. Una empresa pública que funcionaba muy bien y que era puesta de ejemplo por el Banco Mundial para los países sudamericanos como empresa pública bien gestionada, entró en plasticidad por la ambición de forrarse de unos políticos (y compañeros de viaje) de ideología neoliberal. Después no se sabe cómo arreglar la cosa y se empieza a andar hacia atrás como pollos sin cabeza. Este es mi poco optimista diagnóstico. Como decían los libros de dirección de empresas que yo estudié antes de que nos invadiese el neoliberalismo: «Cuando algo funcione bien, ¡no lo toques!»

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