Los excedentes del tajo para el trasvase al Segura. Las triquiñuelas y las cabañuelas de las reglas de explotación

Alberto es un impenitente seguidor de casi todo lo que se publica sobre el trasvase Tajo-Segura, sean sesudos informes técnicos sobre los recursos y su gestión, sean declaraciones insustanciales o infundadas de políticos de toda laya. Me dice Alberto:

─ Después de la biblioteca que llevo leída, ya no sé si soy de los míos. Quiero decir que estoy hecho un lío. No sé si para el Trasvase hay agua de sobra en el Tajo, como dicen los ingenieros vintage; si hay que dejar todo el agua en la cuenca del Tajo, como dicen los conservacionistas y los ecologistas; si todo se reduce a hacer leyes para «seguridades jurídicas» de los trasvasistas sin mirar el agua, como hacen algunos abogados del Estado con mando en plaza; o, por último, si todo se reduce a la política y a la participación pública sobre no sé qué, como dicen mis compañeros polítólogos y sociólogos. ¿Tú qué opinas?

─ Veo que efectivamente se ha liado la cosa. Quizá porque a algunos «les conviene» complicarlo todo; ya se sabe que «a río revuelto…y a trasvase retorcido…». Pero no se trata de lo que opinemos unos u otros; se trata de razonar de una manera cartesiana «clara y distinta». Podemos comenzar por los excedentes para trasvasar. Dime, ¿qué se entiende por excedentes o sobrantes de la cuenca del Tajo?

─ ¡Hombre! Es de las pocas cosas que tengo claras. Eso viene… ─me dice mientras toma un grueso libro de «Legislación de aguas»─ en la disposición adicional tercera de la Ley de 2001 del Plan Hidrológico Nacional. Mira, ¡aquí está!: «… se considerarán aguas excedentarias todas aquellas existencias embalsadas en el conjunto Entrepeñas-Buendía que superen los 240 hectómetros cúbicos… «Bueno, ahora por encima de los 400, que se subió el umbral con el inefable Memorándum ─me dice haciendo gala de saberse la lección.

─ ¿Pero cómo es posible que no se haya pensado que esta definición no se tiene de pie? ─le contesto. Ante su asombro le explico─ Mira esto sería verdad sí y sólo sí el agua se extrajese de forma instantánea; si se produjese esa operación instantánea (imposible), yo estaría de acuerdo. Pero eso es materialmente imposible, ¿verdad?, pues se tardaría un tiempo en poder «trasvasar» ese volumen, el que sea. Y en cuanto comience a transcurrir el tiempo, la cantidad almacenada en los embalses varía (por nuevas entradas y salidas hacia el curso del Tajo). Es decir, intelectualmente la definición es absurda. Podríamos hacer el experimento mental admitiendo que una vez declarados unos excedentes, el agua que entrase en los embalses fuese pequeña, aproximadamente igual a la evaporación; en esa situación imaginada, cuando se fuese a echar mano de los excedentes los encontraríamos mermados por la cantidad que se hubiese soltado por el curso del Tajo. En resumen, la definición de excedentes es una verdadera «chapuza»; el sistema es dinámico y no estático, ¡leche!

─ Bueno, bueno,.. ¡Pues sí que afinas! me contesta Alberto algo desconcertado─ Pero esto es algo menor; tan solo una definición errada. Pero, vayamos a lo principal: ¿cuánta agua hay para trasvasar? ¿Qué dicen los modelos y los modelistas? Pero, antes de que empieces a enrollarte me viene a la cabeza la célebre obra titulada «Gog» del escritor italiano Giovanni Papini, publicada en el ya lejano año 1931. En ella el autor hace una entrevista imaginaria a Albert Einstein, pidiéndole que le explique la teoría de la relatividad. Antes de que comience a hablar el sabio, le advierte el entrevistador que desea una explicación sencilla, pues no es matemático, ni físico, ni filósofo. Te recomiendo que leas la entrevista que es muy breve. Puedes verla entrando en la web por «Algo se mueve. Entrevista imaginaria a Albert Einstein».

─ ¿Y a qué viene ahora sacar a la palestra a tu primo Albert? ─le suelto por ver si se pica.

─ Pues a que no soy hidrólogo, ni matemático, ni ingeniero, ni letrado. Soy un pobre sociólogo que se quiere enterar de las cosas del Trasvase, y te pido que me lo cuentes con peras y manzanas, dejando toda la parafernalia de algoritmos, modelos y simulaciones.

─ Me parece bien ─le contesto─. Vamos a ello. Podemos partir de la primera ley fundamental de la naturaleza: la de la conservación de la masa. La materia no se crea ni se destruye, solo se transforma. Aplicada a la cabecera del Tajo la podemos enunciar diciendo: en un periodo de tiempo en el cual no haya habido variación del agua almacenada en los embalses, lo que entra es igual a lo que sale. En el periodo 1980-2018 las entradas en Entrepeñas-Buendía (E+B) han sido como media de unos 740 m³/año, con tendencia a la baja, por aquello del cambio climático, el efecto 80 o vaya usted a saber. Este es el capital de partida. De aquí tenemos que restar la evaporación, y nos quedará el agua a repartir entre derivaciones al Tajo y trasvases al Segura, el abastecimiento a la Llanura Manchega, las Tablas de Daimiel y Albacete, por ahora. Ésta es toda la historia.

─ Me parece que lo pones demasiado simple. Pero te escucho

─ Lo primero que tenemos que descontar es la evaporación. Dependerá de la superficie de lámina de agua que tengamos en los embalses. Si los mantenemos algo altos, podría ser del orden de 90 hm³ en un año medio. Luego volveremos sobre esta cifra. Aquí nos basta con apuntar que la evaporación es un tributo que nos exige la naturaleza. Agua que vuelve al ciclo hidrológico a través de la fase atmosférica.

─ Déjate de poesía y continúa ─me recrimina Alberto.

─ Nos quedan 740 – 90 = 650 hm³/año en un año medio. Según la ley del Memorándum dichoso, las salidas al Tajo se limitan a satisfacer los usos entre Bolarque y Aranjuez y permitir que por el Real Sitio pasen 6 m³/s (unos 190 hm³/año). En total, entre los usos del Tajo y el llamado «caudal mínimo legal», unos 370 hm³/año.

─ ¿No eran 365 hm³/año y ni una gota más? ─me corrige Alberto.

─ No paremos en triquiñuelas de trasvasistas, que piensan que los ríos son como canales de hormigón de un centro de experimentación. Es lo que pudiéramos denominar «la visión de un Centro de Estudios» que, por desgracia, está extendida. Restando a los 650 hm³/año que nos quedaban para el Tajo y el Trasvase, los 370 hm³/año para el Tajo, nos quedan 280 hm³/año para el Trasvase

─ Pues no estaría nada mal para el Segura poder contar con 280 hm³/año todos los años.

─ Efectivamente, no estaría nada mal. Pero la cosa presenta un grave inconveniente, pues resulta que a esa cifra hay que restar varias cantidades; por una parte, unos 60 hm³ anuales en la ETAP de Colmenar de Oreja para el abastecimiento de la Comunidad de Madrid cuando apriete una sequía. Por otro lado, los caudales admitidos por Ley para el abastecimiento de La Mancha y el mantenimiento de Las Tablas de Daimiel, que pueden suponer hasta 30 hm³/año. Por último, en algunos años, hasta unos 70 hm³ para mantener los riegos del Canal Bajo del Alberche y el caudal mínimo de 10 m³/s que tienen que pasar por Talavera de la Reina. ¿Qué te parece, si para todos estos usos obligatorios pero discontinuos de los embalses de cabecera ponemos una media de unos 30 hm³/año, tirando por lo bajo?

─ Tú dirás ─me replica Alberto que empieza estar intrigado por la ecuación.

─ Pues entonces resultaría que para trasvasar nos van quedando 280 – 30 = 250 hm³/año. Pero la cosa no termina aquí, pues tenemos que seguir restando. Resulta que España viene obligada a cumplir lo dispuesto por la Unión Europea, en particular la Directiva Marco del Agua, pues el cumplimiento de los tratados internacionales está por encima de las leyes nacionales. La Directiva Marco exige una cosa importante en relación con nuestro caso: la consecución de un buen estado ecológico y químico de las masas de agua superficiales.

─ Entonces, ¿cómo afecta la Directiva Marco a nuestra legislación sobre el Trasvase?

─ Nuestra legislación está llena de trampas y triquiñuelas, palabra muy del gusto de los trasvasistas. En primer lugar, la cuenca del Tajo se secciona por Aranjuez; se le deja reducida a un «chorrito» de salida. La cuenca alta del Tajo, salvo este «chorrito», se traslada milagrosamente hacia el Sureste de España pasando por encima de territorios de las cuencas del Júcar y del Guadiana y se «pega» a la cabecera del Segura. En Bruselas deben estar riéndose sin parar. En segundo lugar, la legislación elaborada últimamente para la «salvación» del Trasvase mediante su blindaje jurídico, prescinde del cumplimiento de la Directiva Marco, pues deja el curso del Tajo por debajo de Bolarque (punto de arranque del Acueducto Tajo-Segura) con un caudal ridículo, imposible para lograr un mínimo regular estado ecológico. Se trata de una cuestión de concepto.

─ Te ruego te expliques acerca del error de concepto. ¿O quieres decir triquiñuelas de los beneficiados por el Trasvase para seguir forrándose sin atender a razones?

─ Posiblemente algo de todo un poco, pero ten paciencia ─le recomiendo a Alberto─. Mira, hasta hace poco, los ríos se consideraban únicamente como lugar que proporcionaban recursos para las llamadas actividades productivas: abastecimiento de población, riegos, producción de energía (turbinación y refrigeración) y usos industriales principalmente. Es decir, todo lo que produjese dinero, sobre todo para bolsillos privados. No importaba para nada que los ríos dejasen de ser ríos, secándolos como al Segura, o cloacas a cielo abierto, como el Tajo a su paso por Toledo. Llega la Directiva Marco y lo que nos viene a decir, en gran síntesis, es que los ríos tienen que seguir siendo ríos, transportar agua de buena calidad y conservar los ecosistemas asociados. En consecuencia, hay que dejar cierto caudal circulando, además de la depuración de las aguas residuales, etc. ¿Cuánta agua? Una forma de contestar a esa pregunta es el establecimiento de un régimen de caudales ecológicos que fija nuestra propia normativa. En los Planes hidrológicos de cuenca se establecen para toda España los caudales ecológicos con una sola excepción: el curso del Tajo entre el embalse de Bolarque y Talavera de la Reina. En este tramo fluvial, «la autoridad competente» se pasa por el arco del triunfo los caudales ecológicos e impone manu militari unos caudales mínimos sin molestarse en dar ningún tipo de justificación. Lo que conduce, subsiguientemente, a incumplir flagrantemente el buen estado de las masas de agua del curso medio del Tajo ¿Qué crees que harán en Bruselas cuando se den cuenta del desaguisado de la postura española?

─ Mal me estás poniendo el Trasvase. Supongo que estos caudales ecológicos no serán de gran cuantía, ¿no?.

─ Resulta que los caudales ecológicos se fijan en relación con el llamado régimen natural; es decir, la circulación de agua por el punto del río que existiría si quitásemos de en medio las pompas y las obras humanas; es decir, dejando los ríos en estado prístino. En el caso del Tajo, al existir grandes masas de terrenos permeables en la cabecera (acuíferos subterráneos), el régimen natural se caracteriza por el mantenimiento de caudales mínimos relativamente elevados. Aunque se tome el mínimum minimorum de los mismos, en Aranjuez se nos va la cosa a unos 11 m³/s, es decir, un caudal mayor de los 6 m³/s fijado arbitrariamente por la Ley de 1980 cuando no existía ni el concepto de caudales ecológicos ni la Directiva Marco.

─ Pero de algún sitio saldrían los 6 m³/s, ¿no?

─ No figura en ningún sitio, pero de buena tinta me han contado que era el caudal que necesitaba la Central Nuclear de Zorita (hoy clausurada) para su refrigeración en circuito abierto. La Central se desmanteló hace algunos años, pero el caudal mínimo en Aranjuez sigue fijado en esa cantidad, como si se tratase de un mandato divino.

─ Esa última afirmación me parece que está de más ─me recrimina Alberto─. Dime, entonces, ¿cuánta agua queda para el Trasvase o, mejor, para los trasvases comprometidos desde Bolarque?

─ Es muy fácil; mantener un caudal mínimo en Aranjuez de 11 m³/s, respecto a los 6 m³/s actuales, viene a ser unos 150 hm³/año adicionales en números redondos. O sea, si a los 250 hm³/año que quedaban disponibles para trasvasar, les restamos los 150 hm³/año para completar el caudal ecológico mínimo en Aranjuez, nos quedan 100 hm³/año de excedentes o sobrantes trasvasables para el Segura. Esto es todo. Resumo contestando a la cuestión principal que estamos tratando: Los excedentes o sobrantes del Tajo trasvasables a la cuenca del Segura en origen en un año medio son unos 250 hm³/año sin tener en cuenta los caudales ecológicos, y unos 100 hm³/año si se implantan los caudales ecológicos para el cumplimiento de la Directiva Marco del Agua. Sean 250 hm³/año durante un periodo transitorio o 100 hm³/año finalmente de manera sostenible, correspondería a la cuenca del Tajo su «derivación» hacia el Segura durante cada año hidrológico, todos los años, correspondiendo a la cuenca del Segura su regulación y reparto.

 Me deja estupefacto esta conclusión. ¡Esto es cargarse el Trasvase! ─ me increpa mi interlocutor─. ¡Te van a freír!

 Mira los supuestos, las justificaciones y los números quedan explicados de la forma más sencilla posible. El que tenga otros que los exponga justificadamente y se contrasten por persona independiente, a ser posible de Bruselas, de la Unión Europea. No hace falta parafernalias complicadas propias de trileros. Se trata de una definición clara, sencilla y operativa. A los receptores no les quedaría ninguna duda de lo que les tocaría recibir cada año.

─ Pero… ─Alberto no se da por vencido─ ¿qué pueden hacer en el Segura con su sagrado «déficit»?

─ Me parece que ya se están dando cuenta de la partitura. Agarrarse con todo lo agarrable a la desalación para que se la diferencia entre 1 euro por metro cúbico de coste medio del agua desalada en planta, y los 0,30 euros que están dispuestos a pagar; digo, que la diferencia entre el coste y la tarifa ─más los costes de elevación hasta Ojós o la Pedrera─ la paguemos entre todos los españoles para que los «señores del agua y las lechugas» sigan viviendo divinamente. Es lo mismo que han hecho con el Trasvase, ¿no?

─ ¿Y eso sería todo?

─ No. Nos faltan aún unos pequeños detalles para completar el cuadro del Trasvase. En primer lugar, el volumen mínimo a mantener en Entrepeñas y Buendía. Se la ha dado muchas vueltas. Pienso que el mejor camino es conservar un volumen mínimo de existencias de 600-800 hm³ por una cuestión de justicia elemental: los ribereños de los embalses han sufrido una fuerte agresión por el Trasvase, arruinando su economía y despoblando su territorio. Con ese volumen se les permite la recuperación de las actividades económicas ligadas al agua, sin perjuicios apreciable para los beneficiarios del Trasvase, que tanto se les llena la boca de solidaridad de los demás a su favor (véase la entrada «Enconado debate sobre los umbrales de no trasvase en Entrepeñas y Buendía: ¿estulticia o ganas de enredar?» ).

─ ¿Crees que se aceptará un argumento de tipo ético entre tantas triquiñuelas, trampas y abusos de posición?

─ Alternativamente se podría hacer lo siguiente: calcular el volumen de embalse en Entrepeñas-Buendía que asegurase el trasvase de los 250 hm³/año (sin caudales ecológicos transitoriamente) o 100 hm³/año (con caudales ecológicos en el Tajo, cumpliendo la Directiva Marco y de forma sostenible). Hecho esto, a la m… con todas las disposiciones del Trasvase: no harían falta las leyes del Memorándum, las reglas de explotación, la Comisión Central del ATS, las concesiones administrativas a regantes de una cuenca desde embalses de otras cuencas, ni la madre que los… Cada año hidrológico se trasvasaría a gusto de la Confederación del Tajo el volumen medio de excedentes y la Confederación del Segura los regularía en sus embalses y los distribuiría entre los beneficiados como le petase… bueno, según la propia normativa. Pero con ello, ¡se acabó el lío del Trasvase! Aquí paz y después gloria.

─ No me digas que no harían falta las manoseadas «reglas de explotación».

─ Pues no, no harían falta. Por otra parte, ¡para lo que han servido!. En los últimos cuatro años, periodo de vigencia de las reglas impuestas (ojo, digo bien, ¡impuestas!) por el RD 773/2014, el 85% de los meses el sistema se ha encontrado en situaciones de alerta o emergencia; en situación de normalidad, cero meses. Los autores merecerían ser corridos a gorrazos. ¡Se han lucido!

─ ¿Y si siguen hacia abajo las aportaciones a Entrepeñas-Buendía por aquello del cambio climático, o aumentan las demandas en la cuenca prioritaria del Tajo, o se producen situaciones excepcionales, o…?

─ Mira, ya hemos descrito las líneas principales. No entremos en chinchorrerías. Estas cosas se resuelven as usual: revisión cada cuatro años o cuando sea, dejar habilitación para que la «autoridad competente» resuelva las situaciones excepcionales, etc. Esto se les suele dar muy bien a los abogados del Estado, ¿no?

─ Una última cuestión antes de despedirnos por una larga temporada, pues sé que tienes que realizar un largo viaje. Siempre me ha llamado la atención el artículo 2 del RD 773/2014 que trata de la predicción de las aportaciones mensuales a los embalses de la cabecera del Tajo. ¿Qué opinas del procedimiento fijado en el BOE?

─ Déjame, que no estoy ahora para echar migas al gato, como diría don Quijote. Es un procedimiento «muy» del Centro de Estudios Hidrográficos: un procedimiento «abstracto», sin ninguna relación con el fenómeno subyacente. Lo que se hace metodológicamente en el artículo 2 sobre la «predicción de aportaciones mensuales» igualmente valdría para relacionar estadísticamente el número de turistas de las discotecas de Ibiza con los asistentes a la Ópera de Sidney. En el caso del agua podríamos decir que se trata de «cabañuelas» algorítmicas.

─ Te veo muy quemado.

No puedo resistir ni un minuto más a Alberto. Le contesto con mal humor:

─ Me tienen harto los trasvasistas con tantas triquiñuelas y cabañuelas. Adiós.

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