Planificación hidrológica frente a las planificaciones agrarias y urbanísticas

El documento presentado por el Grupo Parlamentario Socialista del Congreso como conclusiones y recomendaciones de la subcomisión de agua y cambio climático es un buen ejemplo de los estándares de la política del agua actual, cuyo objetivo principal es hablar mucho pero decir poco. De manera que el osado lector, al meterse en el documento, se ve rodeado de un compendio de tópicos y lugares comunes del agua planteados con la ambigüedad requerida y unas conclusiones poco definidas. Eso no quita para que los voceros del lobby trasvasista se apresuren a levantar las alarmas: “PSOE y Podemos proponen en el Congreso «redimensionar» el Trasvase Tajo-Segura” (La Verdad, 23/10/2018). Pero dejando aparcado el circo del Trasvase y su habitual espectáculo, esta entrada se centra en el asunto planteado en su recomendación 2.1, que se reproduce a continuación:

2.1 Los Planes de Cuenca no sólo deben frenar las expectativas de nuevos usos y demandas, tanto en el crecimiento incontrolado del regadío como en la especulación urbanística, sino que deben redimensionar las concesiones para evitar las expectativas que genera la sobre-asignación concesional, transitando de las tradicionales estrategias “de oferta”, basadas en nuevas grandes obras hidráulicas, a nuevas estrategias de “gestión de las demandas”, con adecuadas tarifas incentivadoras de un uso eficiente del agua, reordenación de usos y nuevas estrategias productivas, que permitan hacer una transición ordenada en las próximas décadas, ajustando dichas demandas a la recesión esperada de caudales en el futuro, al tiempo que se respetan los caudales ecológicos y las restricciones de sostenibilidad de los acuíferos.

(Copiado de la recomendación 2.1 del documento “Conclusiones y recomendaciones de la subcomisión de agua y cambio climático” del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso)

Este proceder, utilizar algo para influir positivamente en aspectos externos, no es extraño. De hecho, quien haya trabajado en la aplicación e implantación de las políticas de calidad y ambiental, conforme a las normas ISO, está acostumbrado a que sus acciones deban influenciar positivamente en su entorno y el comportamiento de otros agentes. Caso práctico y real: una conocida cadena de hamburguesas, por su política de calidad obliga a sus proveedores a cumplirla, incluida otra gran multinacional de refrescos; y a su vez ésta con sus proveedores, caso de un suministrador local de anhídrido carbónico con fábricas en Huesca, Valle de Arán y Canarias. De esta manera, la política de calidad de la multinacional de hamburguesas promueve que se apliquen los estándares de calidad en empresas de ámbito local. Entonces, ¿por qué no pueden los planes hidrológicos de cuenca hacer un papel similar? La causa principal es porque no existe esa relación de cliente/proveedor que se da en el ámbito comercial. Es más bien al contrario, pues las autoridades que votan para aprobar el plan de cuenca, son a su vez las autoridades competentes de las políticas en las que se pretende influir.

Así, aunque parezca algo positivo, es un dislate que plantea usar herramientas inadecuadas, evitando plantear los problemas en los foros adecuados. En este caso, se pretende solucionar aspectos de las políticas agraria y urbanística por medio de unos planes hidrológicos de cuenca que no tienen competencia sobre las citadas políticas. Es más, dada la composición de los órganos de gobierno de las confederaciones hidrográficas, las autoridades competentes en materias de agricultura y urbanismo son las que tienen a su vez capacidad de toma de decisión en la planificación hidrológica. Mención aparte de las diferentes presiones cruzadas entre partidos y administraciones. Finalmente, en la práctica son esas políticas sectoriales las que terminan condicionando los planes de cuenca.

Aun de esta manera, puede pensarse que los planes de cuenca han de ejercer una acción limitante, atribuirse el papel de poli malo o guardián de la galaxia. Así, bastaría con que negara la asignación de recursos a un proyecto urbanístico para evitar que se llevara a cabo. Pero este planteamiento, ¿no caería en la prevaricación? Por lo general, si está bendecido por quien es competente, con independencia de que guste o no la actuación, lo más que se puede argumentar en casos extremos, y de manera muy justificada, es que no hay recursos para atenderlos con la garantía requerida.

No obstante, en caso de obrar de esa manera, no sería suficiente para impedirlo, pues los promotores, generalmente apoyados por las propias autoridades competentes, intentan salvar los obstáculos. Por ejemplo, con un cambio de uso de una concesión de regadíos o, si está próximo a la costa, con una nueva desaladora. La desaladora de Escombreras es un ejemplo claro y bochornoso: unos promotores ven como desde la Administración central se les paran sus proyectos por la falta de agua, pero el gobierno autonómico sale en su auxilio construyendo una desaladora mediante la colaboración público-privada, y de paso a presumir de cómo se han de construir las desaladoras. Pasado el tiempo, la situación es que las promociones urbanísticas no se han realizado por la crisis del ladrillo, mientras que la empresa que «colaboró» reclama lo acordado. Así, dejando a un lado las sospechas de actuaciones opacas o corruptas, la Administración ─léase los impuestos de la ciudadanía─ ha de pagar una elevada cantidad anual conforme lo acordado en su momento, se use o no la planta.

Con los regadíos hay una línea parecida. Si la Administración Autonómica no sólo no los racionaliza, sino que encima los incentiva, desde la planificación hidrológica no hay argumentos para decidir si se tienen que hacer o no. Sólamente puede limitarse a definir la asignación del recurso al uso, que sirva de base para otorgar o no nuevas concesiones. Además, no es desde la planificación hidrológica desde donde se ha de realizar el rescate de concesiones, que es un proceso independiente y demasiado complejo y costoso para que sea efectivo. Lo que sí debería insistir la planificación hidrológica en este aspecto es en el de marcar los límites que definan la escasez de agua. Pero con los únicos objetivos de proteger el recurso y garantizar los abastecimientos de la población. No como en la situación actual, que lo que buscan es habilitar situaciones de sequía que justifiquen el incremento de la sobreexplotación. En este sentido, la movilización de recursos adicionales ─por ejemplo, extracciones extraordinarias de acuíferos─, o levantar la mano en el cumplimiento de los objetivos ambientales, sólo debería contemplarse para la atención puntual y muy justificada de abastecimientos a la población, siempre y cuando no se estén empleando recursos convencionales en usos con menor precedencia, como los regadíos.

La planificación hidrológica se realiza sobre el Dominio Público Hidráulico, que es sobre lo que tienen competencia los organismos de cuenca en las demarcaciones intercomunitarias, los encargados de elaborar los planes ─aunque no los aprueben─. No se puede pretender, mucho menos exigir, que sea utilizada para arreglar las situaciones de insostenibilidad que no se quieren afrontar en sus ámbitos adecuados. Lo más que puede llegar es a advertir de los límites, pero eso se ha demostrado poco eficaz. Pues los malos agoreros no son agradables, y cuando se han atrevido a plantear la gravedad de un problema que puede molestar a otros intereses, la solución mejor ha sido apartarlos, tirar a la papelera esos informes, y poner en su lugar a siseñores que «entiendan» mejor la situación y sean capaces de «flexibilizar» la política hidrológica para contentar a los intereses externos.

El objetivo no debe ser intentar utilizar la planificación hidrológica para arreglar otros desaguisados. Más bien, debiera ser realizar las otras políticas sectoriales desde la responsabilidad, con principios de sostenibilidad, de forma que ayuden a la planificación hidrológica a conseguir sus objetivos ─especialmente los ambientales─ y dejen de convertirse en un obstáculo, como lo son en la actualidad.

Tampoco debe pretenderse mitificar la planificación hidrológica ni pensar que tiene superpoderes. Realmente, no es más que una herramienta para diagnosticar y plantear soluciones. Pero requiere que se la deje diagnosticar sin restricciones, que las soluciones que se planteen sean efectivas y posteriormente que se habiliten los medios para poder llevarlas a la práctica. Sin embargo, los planes hidrológicos de cuenca se están haciendo para evitar las multas de la Unión Europea sin molestar a los intereses creados. Si no se tuviera esta obligación, con toda seguridad, no se habría abierto el melón.

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