Excepcionalidad hidrológica tras el Memorándum

Se han cumplido dos años desde la entrada en vigor de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con sus disposiciones relativas al Trasvase Tajo Segura, parcialmente declaradas inconstitucionales y reintroducidas en la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. En estos 24 meses, 1 ha estado en «nivel 1» (normalidad, según el indicador de sequía de la cabecera del Tajo) de las reglas de explotación, 11 en «nivel 2» (prealerta) y 12 en «nivel 3» (alerta o situación de excepcionalidad hidrológica).

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