Addenda a la entrada «Ida y vuelta del viaje hacia la privatización del Canal de Isabel II»

En la entrada citada se arriesgan algunas indicaciones para la vuelta a empresa pública del Canal de Isabel II, «de donde nunca debió salir». En las líneas que siguen se exponen algunas tareas que podría/debería emprender la nueva empresa pública y otros comentarios. Se trata únicamente de excitar otras ideas y sugerencias acerca de posibles actuaciones.

La mejora de la calidad de las aguas residuales de la Comunidad de Madrid.

Uno de los dos problemas más graves con los que se enfrenta la cuenca del Tajo es la calidad de las aguas de su curso principal aguas abajo de la Comunidad de Madrid. El otro gran impacto es la derivación masiva de aguas de su cabecera a través del Trasvase Tajo-Segura, que «no se toca» en estos comentarios.

Los ríos Jarama (con sus afluentes Manzanares y Henares) y Guadarrama tienen sus cursos artificializados. Durante buena parte del año sus aportaciones principales están constituidas casi exclusivamente por las aguas residuales tratadas de las poblaciones de la Comunidad de Madrid, que constituye la mayor concentración urbana de la península, con unos 6,5 millones de habitantes, y la segunda zona industrial de España.

En décadas pasadas, el enorme volumen de las aguas residuales que se vertían a los ríos ha constituido un grave problema con infinidad de artículos de prensa, protestas ciudadanas no atendidas, y planes y programas (en muchas ocasiones sin pasar del papel) elaborados por las administraciones públicas. Se consideraba que los ríos era el lugar «natural» de los vertidos, y la contaminación, una secuela del desarrollo. Ha cubierto muchas páginas la descripción del Tajo en el Torno de Toledo convertido en un curso de aguas muertas de color oscuro, con «sólidos» flotantes, pestilentes y con su cauce cubierto de espumas, indigno de una ciudad «patrimonio de la humanidad».

Durante décadas el Ayuntamiento de la capital, responsable de las grandes depuradoras de aguas residuales de la «Villa y Corte», fue señalado como el principal causante de la contaminación del Tajo. Desde hace unos años, la responsabilidad (por cesión de las depuradoras) corresponde íntegramente a la Comunidad de Madrid y «su brazo armado» el Canal de Isabel II. Esta última empresa viene afirmando que cumple la Directiva europea sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas. Pero, no obstante, incumple la Directiva Marco del Agua (DMA), que exige un buen estado de las masas de agua en sus características físico-químicas, biológicas y geomorfológicas. El Canal se defiende pidiendo OMR (objetivos menos rigurosos) en los cursos de los ríos situados aguas abajo de la Comunidad de Madrid; es decir, un grado de depuración de sus instalaciones inferior al exigido por la DMA para alcanzar el buen estado.

Pero se da la circunstancia de que el Canal no tiene justificación para no cumplir en su mayor grado la DMA, ya que en el último ejercicio económico proclama unos beneficios de cerca de 200 millones de euros, que van a parar a la caja de la Comunidad principalmente y, en menor parte, a Ayuntamientos, con destino a actividades que nada tienen que ver con el ciclo del agua. ¿Existe legitimación de cara a los ciudadanos de que sus aportaciones económicas a través del recibo del agua se dediquen a otras actividades mientras persiste un problema de calidad de los vertidos que el Canal no se decide a afrontar y que no representaría incremento de las tarifas?

Concretemos el problema. Se trata de intensificar los tratamientos de las aguas residuales de la conurbación madrileña para una mayor eliminación de sustancias contaminantes, sobre todo los contenidos en nitrógeno y fósforo, cuyos efectos alcanzan el embalse de Valdecañas, ya en el Tajo cacereño. Los últimos planes hidrológicos del Tajo hacen un preciso diagnóstico del problema.

El Canal debería poner en marcha un plan de I+D+i con el objetivo de la reducción de estas sustancias, sobre todo nitrógeno. Tiene técnicos capacitados para dirigir un plan de estas características, poniendo en marcha, si fuere conveniente, plantas experimentales o líneas de tratamiento dentro de las plantas de depuración existentes.

Dicho plan, dirigido a las principales depuradoras de la Comunidad de Madrid, debería ser complementado por la Confederación Hidrográfica del Tajo con los programas y acciones necesarias para la depuración de todos los vertidos urbanos, así como los de las urbanizaciones e industrias, tanto en la propia Comunidad madrileña como en la de Castilla-La Mancha, en colaboración con los gobiernos autónomos respectivos y en desarrollo del Plan hidrológico de la cuenca como forma de cumplir en su mayor grado lo dispuesto en la Directiva Marco europea.

La incorporación del río Alberche al abastecimiento de la Comunidad de Madrid.

La «despensa hídrica» de la Comunidad de Madrid la constituye la cuenca del río Lozoya. Se trata de un valle interior entre relieves montañosos de la Sierra de Guadarrama, a modo de «tecla hundida», que actúa como un verdadero colector de escorrentías. Pero existe una segunda «tecla hundida»: el valle del Alberche, limitado por los escarpados relieves de la Sierra de Gredos, también con elevadas aportaciones de agua. En otras palabras, una segunda «despenda hídrica».

La cuenca del Alberche cuenta con los embalses de Burguillo-Puente Nuevo (201 hm³ de capacidad), con aprovechamiento hidroeléctrico (provincia de Ávila), así como el embalse de San Juan (138 hm³ de capacidad) y el salto hidroeléctrico de Picadas, en la Comunidad de Madrid. Frente a unas aportaciones anuales medias de unos 800 hm³, la capacidad de embalse es relativamente reducida.

La relación entre disponibilidades y usos se encuentra comprometida, sobre todo teniendo en cuenta la irregularidad de las aportaciones, con frecuentes periodos de sequía a las que suelen seguir fuertes avenidas. De este río dependen los abastecimientos de Talavera de la Reina y parte septentrional de la provincia de Toledo (incluyendo la capital), que se consideran prioritarios. El Canal de Isabel II cuenta con concesiones para usos urbanos de 220 hm³/año. Cerca de Talavera de la Reina, del embalse de Cazalegas, parte el Canal del Alberche para el riego de unas 10 000 hectáreas (cerca de 90 hm³/año). Existen otros usos con tomas directas del río para abastecimientos de población y riegos. Pero el uso primero en el tiempo y más relevante es el hidroeléctrico (los llamados Saltos del Alberche comenzaron en la década de 1910), que condiciona los demás usos, y cuyo manejo de los embalses afecta a las disponibilidades para abastecimientos y riegos, sobre todo en periodos de sequía.

El Canal de Isabel II viene utilizando recursos del Alberche para el abastecimiento de la Comunidad de Madrid desde finales de los años 60 (plan AMSO, promovido por el ministro Silva Muñoz) por medio de la elevación de Picadas (300 m), para lo cual contaba con una primera concesión de 120 hm³/año. Esta elevación, que representaba un coste de 1 kWh/m³, solo era utilizada durante las sequías, dándose la circunstancia de que, en esos momentos, los recursos almacenados en los embalses de la cuenca eran bajos, entrándose en conflicto con los uos de riegos.

Posteriormente, en los años 90, ante situaciones de escasez de recursos en el abastecimiento de la Comunidad de Madrid, se construyó una segunda elevación desde el embalse de San Juan al embalse de Valmayor (124 hm³ de capacidad) y se obtuvo un segundo tramo concesional de 100 hm³/año. A partir de entonces, las aguas del Alberche comenzaron a utilizarse con mayor frecuencia por el Canal, al fijar la estrategia de reservar las aguas del Lozoya (de mayor cota y de mayor territorio dominado) para su utilización en periodos de sequía o de aproximación a los mismos. Consecuentemente, los conflictos sobre los usos de los recursos de la cuenca crecieron, sobre todo en años de escasez.

Parece que una solución lógica consistiría en la adquisición por el Canal de los saltos del Alberche, que pasarían a estar gestionados por su filial Hidráulica de Santillana, de la misma forma que los aprovechamientos actuales del Canal ligados al abastecimiento y supeditados al mismo. De esta manera se rompería el «nudo gordiano» del Alberche, con beneficio de todos los usos que gravitan sobre su cuenca.

Se garantizarían, en primer lugar, los usos de abastecimiento dependientes de la cuenca del Alberche, en especial los de Talavera de la Reina, Toledo y la Sagra. También se asegurarían los usos de riego dependientes del Canal del Alberche, sin perjuicio del desarrollo de planes de modernización y ahorro de agua, así como de la posible incorporación de pozos de sequía por debajo de Talavera (sería necesario llevar a cabo una investigación hidrogeológica previa). Asimismo se respetarían el resto de los usos con toma directa del río, racionalizando sus utilizaciones. Y por supuesto, los caudales ecológicos de su tramo final, con cumplimiento deficiente en la actualidad.

El coste de la operación iría a cargo de los grandes beneficios que está proclamando el Canal en los últimos ejercicios y mediante empréstitos si fuere necesario, sin incremento de las tarifas. El coste no sería muy elevado teniendo en cuenta los reducidos coeficientes energéticos de los saltos (kWh producidos en relación con los m³ turbinados). La administración pública hidráulica debería involucrarse en la operación con vistas a una expropiación forzosa si fuere necesario.

Mediante un simulador construido ad hoc, el Canal debería analizar el aumento de garantía que podría obtener el sistema general de abastecimiento a la Comunidad de Madrid con los volúmenes elevados de la cuenca del Alberche frente a otras posibles alternativas. Por ejemplo, manteniendo alto el volumen de Valmayor (124 hm³ de capacidad) como regulador. Se elevarían volúmenes del Alberche en situaciones de normalidad hidrológica, compensando el mayor coste de los bombeos con la seguridad frente a situaciones de escasez.

Sobre el Consejo de Administración.

Sería un buen momento para reconfigurar este órgano, quizá transformándolo en un auténtico órgano de participación ciudadana. Sobre todo teniendo en cuenta que las decisiones finales del Canal como empresa pública dependen del gobierno de la Comunidad de Madrid. Del Consejo antiguo no se conocen decisiones de importancia a lo largo de la historia del Canal en las que el Consejo haya sido determinante. Se trataba de un órgano cuya misión parecía consistir principalmente en complementar las retribuciones de los miembros políticos, económicos y sociales que lo componían.

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