Sobre el nivel de referencia de 400 hm³ en Entrepeñas y Buendía

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, entró en vigor el 12 de diciembre de 2013, conforme a lo dispuesto en su disposición final décima. En el punto uno de la disposición final tercera se modifica la disposición adicional tercera de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, fijándose en 400 hm³ el umbral de existencias almacenadas en Entrepeñas y Buendía por debajo del cual “no se podrán efectuar trasvases en ningún caso”. Adicionalmente, en la Ley 21/2013 se fija un régimen transitorio definido en la disposición transitoria segunda.

El 11 de agosto de 2015 las existencias almacenadas en Entrepeñas y Buendía se han situado por debajo de los 400 hm³, apareciendo interpretaciones y opiniones contrapuestas sobre el nivel de referencia vigente. En estas líneas, siempre desde el punto de vista de su autor, se intenta aclarar y definir cuál es la situación.

Seguir leyendo Sobre el nivel de referencia de 400 hm³ en Entrepeñas y Buendía

image_pdfimage_print
Valorar